Articulo 86 General de Comunicación Audiovisual
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 86. Principios generales de la prestación del servicio de intercambio de vídeos a través de plataforma.
Vigente
Los prestadores del servicio de intercambio de vídeos a través de plataforma garantizarán la observancia de los principios establecidos en los artículos 4, 6, 10, 12, 14, 15 y en el apartado 1 del artículo 7, con respecto a los contenidos distribuidos a través de sus servicios mediante el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente título.