Articulo 85 Turismo de C León
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Artículo 85. Sanciones.

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Las infracciones tipificadas en esta ley serán sancionadas con.

1. En el caso de infracciones leves, multa desde 100 hasta 900 euros, de acuerdo con la siguiente graduación:

a) En el grado mínimo, de 100 a 300 euros.

b) En el grado medio, de 301 a 600 euros.

c) En el grado máximo, de 601 a 900 euros. 2. En el caso de infracciones graves, multa desde 901 hasta 9.000 euros, de acuerdo con la siguiente graduación:

a) En el grado mínimo, de 901 a 3.500 euros.

b) En el grado medio, de 3.501 a 6.000 euros.

c) En el grado máximo, de 6.001 a 9.000 euros.

3. En el caso de infracciones muy graves, multa desde 9.001 hasta 90.000 euros, de acuerdo con la siguiente graduación:

a) En el grado mínimo, de 9.001 a 36.000 euros.

b) En el grado medio, de 36.001 a 65.000 euros.

c) En el grado máximo, de 65.001 a 90.000 euros.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 20-12-2010 en vigor desde 20-03-2011