Articulo 85 TR del Estatu...s Públicas

Articulo 85 TR. del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas

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Artículo 85.

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El personal eventual ejercerá exclusivamente, con carácter temporal, los cargos que se determinan en el artículo 3.3 del presente Estatuto y no podrá ocupar, en ningún caso, puestos de trabajo propios de los funcionarios públicos.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 01-09-1993 en vigor desde 01-09-1993