Articulo 85 Reglamento de desarrollo de la Ley de actividades con incidencia ambiental
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 85. Órganos competentes.
Vigente
La instrucción y resolución de las solicitudes de la prestación ambiental sustitutoria corresponderá a los órganos competentes para la resolución del procedimiento sancionador.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 09-05-2022 en vigor desde 10-05-2022