Articulo 85 Reglamento de... ambiental

Articulo 85 Reglamento de desarrollo de la Ley de actividades con incidencia ambiental

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Artículo 85. Órganos competentes.

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La instrucción y resolución de las solicitudes de la prestación ambiental sustitutoria corresponderá a los órganos competentes para la resolución del procedimiento sancionador.

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  • Texto Original. Publicado el 09-05-2022 en vigor desde 10-05-2022