Articulo 85 Programas comunes de activación para el empleo
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 85. Objeto.
Vigente
Serán objeto del programa para el fomento territorial del empleo las medidas dirigidas a la promoción del empleo a nivel territorial, para cuya finalidad los servicios públicos de empleo podrán aplicar cualquiera de las modalidades de subvención previstas en el artículo siguiente o alguna que resulte de la combinación de entre ellas.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 29-09-2021 en vigor desde 30-09-2021