Articulo 85 Organización ...autonómico

Articulo 85 Organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico

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Artículo 85. Aplicación de la legislación de régimen financiero y presupuestario y facultades de la Intervención General de la Comunidad Autónoma.

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1. El régimen económico-financiero de las agencias públicas autonómicas, en lo no previsto en esta Ley, es el establecido por la legislación de régimen financiero y presupuestario de la Comunidad Autónoma de Galicia.

2. En particular, corresponde a la Intervención General de la Comunidad Autónoma, en los términos establecidos por la legislación mencionada en el apartado anterior:

  1. Establecer los criterios que precise la aplicación de la normativa contable a las agencias públicas autonómicas.

  2. Ejercer el control interno de la actividad económico-financiera de las agencias públicas autonómicas.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2010 en vigor desde 01-01-2011