Articulo 85 Medidas del programa de apoyo 2019-2023 al sector vitivinícola
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»Artículo 85. Sanciones.
Vigente
En el caso de que un viticultor no ejecute la cosecha en verde en las parcelas aprobadas, será considerado infracción leve según lo previsto en el artículo 38.1.g) de la Ley 24/2003, de 10 de julio, y será sancionado de conformidad con lo establecido en el artículo 42.1 de la citada ley, salvo causas de fuerza mayor o circunstancias excepcionales.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 03-11-2018 en vigor desde 04-11-2018