Articulo 85 Medidas fiscales y financieras
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»Artículo 85. Régimen de control.
Vigente
El control financiero de la Oficina de Apoyo a la Iniciativa Cultural se lleva a cabo mediante el procedimiento de auditoría establecido por el artículo 71 del texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 29-07-2011 en vigor desde 30-07-2011