Articulo 85 General de pr...o ambiente

Articulo 85 General de protección del medio ambiente

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Artículo 85. Planes y programas.

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Como instrumentos de ejecución de la política ambiental, las distintas Administraciones públicas vascas elaborarán los planes y/o programas que fijarán objetivos, plazos y actuaciones públicas y privadas, con indicación de los órganos responsables y las previsiones económico-financieras.

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  • Texto Original. Publicado el 27-03-1998 en vigor desde 27-06-1998