Articulo 85 Derechos y garantías de la Infancia y la adolescencia
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Artículo 85. Garantía genérica

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1. La Generalitat y las administraciones locales de la Comunitat Valenciana, dentro de sus competencias, garantizarán el respeto y el efectivo ejercicio de los derechos civiles, políticos, sociales, económicos y culturales de niños, niñas y adolescentes previstos en la presente ley y en el resto del ordenamiento, fomentando su participación real y efectiva en la sociedad.

2. Para la consecución de este fin, las administraciones públicas valencianas destinarán recursos suficientes y articularán los mecanismos de coordinación necesarios entre ellas y entre sus distintos departamentos.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 24-12-2018 en vigor desde 25-12-2018