Articulo 85 Derechos y deberes de las personas en materia de salud
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»Artículo 85. Órganos sancionadores competentes.
Vigente
1. El Gobierno de Navarra es el órgano competente para imponer sanciones superiores a 120.000 euros por infracciones muy graves.
2. El Departamento de Salud es el órgano competente para imponer sanciones entre 15.000 euros y 120.000 euros.
3. El Director-Gerente del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea es el órgano competente para imponer sanciones inferiores a 15.000 euros.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 15-11-2010 en vigor desde 15-11-2010