Articulo 85 Comercio de C. Valenciana
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»Artículo 85. Fomento de la calidad en la prestación de los servicios
Vigente
La Generalitat impulsará la cultura de la calidad en el comercio a través de las entidades públicas o privadas, especializadas en materia de gestión de la calidad y excelencia, fundamentalmente con aquellas que no tengan ánimo de lucro, fomentando que los prestadores de servicios comerciales establecidos en la Comunitat Valenciana, o quienes los oferten en régimen de libre prestación de servicios, procuren un alto nivel de calidad en los mismos.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 25-03-2011 en vigor desde 25-04-2011