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Articulo 84 Servicios sociales de C. La Mancha

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Artículo 84. Infracciones.

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1. Son constitutivas de infracción administrativa las acciones u omisiones tipificadas en los artículos siguientes, con las especificaciones, en su caso, que establezca la normativa de desarrollo de la presente Ley.

2. Las infracciones administrativas podrán ser leves, graves y muy graves.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2010 en vigor desde 30-06-2011