Articulo 84 Reglamento de...o Nacional

Articulo 84 Reglamento de la Ley 23/1982, de Patrimonio Nacional

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Artículo 84.

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Corresponde a la Dirección de Actos Oficiales y Culturales el ejercicio de las siguientes funciones:

a) La planificación, organización operativa y desarrollo de los actos oficiales y programas culturales de Patrimonio Nacional, así como la coordinación de los distintos órganos y unidades del Organismo y otras instituciones intervinientes para la celebración de actos de carácter institucional en el ámbito de las competencias del Patrimonio Nacional.

b) La supervisión de los espacios de los Palacios Reales y demás inmuebles gestionados por Patrimonio Nacional expuestos al público.

c) La gestión de espacios para eventos públicos y privados.

d) La custodia y mantenimiento de los bienes en uso para los actos oficiales y culturales al servicio de su ejecución.