Articulo 84 Reglamento Ge...ey de Caza

Articulo 84 Reglamento General de aplicación de la Ley de Caza

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Artículo 84. Terrenos enclavados.

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1. Se considerarán enclavados de un terreno cinegético, las parcelas o recintos de estas que, no perteneciendo a aquel, se encuentren en su interior encerradas en su totalidad dentro de su área (enclavados interiores) y aquellas que linden al menos en tres cuartas partes de su perímetro y no pertenezcan a ningún otro. (enclavados exteriores)

2. La superficie enclavada que se encuentre en el interior de un terreno cinegético no podrá superar el 30 por ciento de la superficie total del terreno cinegético.

3. Dentro del perímetro de un cuartel de caza comercial no podrán existir terrenos enclavados, ni interiores ni exteriores.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 02-03-2022 en vigor desde 03-03-2022