Articulo 84 Patrimonio de C. León
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 84. Pliegos generales de condiciones.
Vigente
La consejería competente en materia de hacienda podrá establecer pliegos generales de pactos y condiciones para determinadas categorías de contratos, que deberán ser informados, previamente a su aprobación, por el servicio jurídico correspondiente. Estos pliegos generales se aplicarán a toda la Administración General e Institucional de la Comunidad.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-10-2006 en vigor desde 19-11-2006