Articulo 84 Medidas urgentes de empleo

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Artículo 84. Régimen sancionador.

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Las infracciones administrativas cometidas en relación con las subvenciones se sancionarán conforme a lo establecido en el Título IV de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, siendo competente para acordar e imponer las sanciones la persona titular de la Consejería competente en materia de empleo, de acuerdo con lo previsto en el artículo 129.1 del texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 17-12-2021 en vigor desde 18-12-2021