Articulo 84 Igualdad efectiva entre mujeres y hombres
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»Artículo 84. Registro autonómico de Planes de igualdad.
Vigente
La Consejería competente en materia de trabajo y empleo promoverá la inscripción en el Registro de convenios colectivos, de los planes de igualdad elaborados, en cumplimiento de la Ley o con carácter voluntario, por empresas con sede social, agencia, sucursal, delegación o cualquier otra representación en Cantabria.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 08-03-2019 en vigor desde 09-03-2019