Articulo 84 Gobierno Valenciano
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»Artículo 78.
Vigente
Las responsabilidades de orden penal y civil de las autoridades y funcionarios de la Generalitat serán exigidas de acuerdo con lo previsto en las disposiciones generales del Estado en la materia, con la salvedad de que las referencias al Tribunal Supremo se entenderán hechas al Tribunal Superior de Justicia Valenciano.