Articulo 84 Desarrollo y modernización del turismo
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 84. Objeto.
Vigente
Es objeto de la disciplina turística la regulación de la función inspectora, la tipificación de las infracciones, la fijación de las sanciones y la regulación del procedimiento sancionador aplicable en materia de turismo.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 02-02-2011 en vigor desde 02-08-2011