Articulo 84 Caza de C. La Mancha
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»Artículo 84. Multas coercitivas.
Vigente
Para lograr el cumplimiento de las resoluciones adoptadas podrán imponerse multas coercitivas, reiteradas por lapsos de tiempo que sean suficientes para cumplir lo ordenado, por cuantías que no excederán del 30% de la multa fijada por la infracción cometida, incrementada en un 10% en cada sucesiva multa coercitiva que se imponga.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 12-03-2015 en vigor desde 01-04-2015