Articulo 84 Agraria
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Artículo 84. Autoridad competente.

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1. La responsabilidad de los controles oficiales corresponderá, sin perjuicio de las autoridades competentes del Estado y con las normas estatales dictadas en esta materia, a los órganos designados como autoridades competentes por las personas titulares de las Consejerías con atribuciones sobre dicha materia.

2. Las autoridades competentes controlarán y verificarán, mediante la organización de controles oficiales, que se respeten y se apliquen efectivamente las normas referidas en el apartado anterior en cualquier fase de la producción, la transformación y la distribución de los alimentos

3. Las autoridades competentes podrán delegar por escrito algunas de sus tareas en terceros, los cuales deben establecer las condiciones adecuadas para garantizar la protección de la imparcialidad, la calidad y la coherencia de los controles oficiales de las demás actividades oficiales.

Las autoridades competentes podrán asignar tareas específicas de control oficial a una o más autoridades de control de los productos ecológicos. En dichos casos, atribuirán un número de código a cada una de ellas.

4. El tercero delegado se acreditará con arreglo a la norma ISO, acrónimo que corresponde a la Organización Internacional de Normalización.

5. Las autoridades competentes designarán los laboratorios para llevar a cabo análisis, pruebas y diagnósticos de las muestras recogidas en el contexto de los controles y demás actividades oficiales. Los laboratorios deberán reunir los requisitos exigidos por la normativa de la Unión Europea. En concreto deberán acreditarse conforme a dicha normativa, con arreglo a la norma EN ISO/IEC 17025 "Requisitos generales para la competencia de los laboratorios de ensayo y calibración" o norma que la sustituya.

6. Las autoridades, órganos y unidades competentes para realizar los controles oficiales, actuarán coordinadamente y cooperarán eficaz y efectivamente entre sí, mediante protocolos documentados.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 26-03-2015 en vigor desde 26-06-2015