Articulo 83 Vivienda de G...-Derogada-

Articulo 83 Vivienda de Galicia -Derogada-

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Artículo 83. Características de la publicidad.

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1. La publicidad en la oferta de venta se ajustará a los principios de buena fe y veracidad, no conteniendo informaciones ni omitiendo datos esenciales que puedan inducir a error a sus destinatarios.

2. Las características, condiciones, prestaciones y garantías de las viviendas, anexos, servicios e instalaciones comunes ofrecidas en la publicidad serán exigibles por la persona compradora, aun cuando no figuren expresamente en el contrato de compraventa firmado.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 20-01-2009 en vigor desde 20-04-2009