Articulo 83 Principios ge... turística

Articulo 83 Principios generales y directrices de coordinación en materia turística

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 83. Información en relación con el grupo y, si procede, la categoría de los establecimientos turísticos

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Los establecimientos turísticos exhibirán en la entrada principal del establecimiento la placa distintiva en la que conste su grupo y, si procede, su categoría, de acuerdo con los términos contenidos en la Ley 8/2012 y en este decreto, y conforme a las indicaciones y los modelos que constan en el anexo 1.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 18-04-2015 en vigor desde 19-04-2015