Articulo 83 Personal estatutario de Instituciones Sanitarias
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Articulo 83 Personal estatutario de Instituciones Sanitarias

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Artículo 83. Responsabilidad disciplinaria.

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El personal estatutario del Servicio Cántabro de Salud incurrirá en responsabilidad disciplinaria por las faltas que cometa, sin perjuicio de la responsabilidad patrimonial, civil o penal que pudiera derivarse de las infracciones cometidas.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 28-12-2010 en vigor desde 28-01-2011