Articulo 83 Montes y Ordenación Forestal
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»Artículo 83. Educación forestal
Vigente
El Principado de Asturias promoverá programas de educación, divulgación y sensibilización relativos a los objetivos de esta Ley, que estarán dirigidos a los integrantes del sistema educativo.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 03-12-2004 en vigor desde 03-03-2005