Articulo 83 Estatuto Básico del Empleado Público
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»Artículo 83. Provisión de puestos y movilidad del personal laboral.
Vigente
La provisión de puestos y movilidad del personal laboral se realizará de conformidad con lo que establezcan los convenios colectivos que sean de aplicación y, en su defecto por el sistema de provisión de puestos y movilidad del personal funcionario de carrera.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 13-04-2007 en vigor desde 13-05-2007