Articulo 83 Desarrollo y modernización del turismo
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»Artículo 83. Régimen de ejercicio de las actividades turísticas alternativas.
Vigente
Con carácter general, la declaración responsable será el régimen aplicable para el inicio y ejercicio de las actividades turísticas alternativas contempladas en el artículo anterior.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 02-02-2011 en vigor desde 02-08-2011