Articulo 82 TR de la Ley ...ión Urbana

Articulo 82 TR. de la Ley sobre el Régimen del Suelo y Ordenación Urbana

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Artículo 82. Programas de actuación urbanística

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1. La ordenación y urbanización de terrenos clasificados como suelo urbanizable no programado se efectuará de conformidad con el Plan General Municipal respectivo, mediante Programas de Actuación Urbanística para la realización de unidades urbanísticas integradas.

2. Los Programas de Actuación Urbanística contendrán las siguientes determinaciones:

a) Desarrollo de los sistemas de la estructura general de la ordenación urbanística del territorio.

b) Señalamiento de usos y niveles de intensidad, con expresión del aprovechamiento tipo en todo su ámbito, de conformidad con lo dispuesto en el capítulo siguiente.

c) Trazado de las redes fundamentales de abastecimiento de agua, alcantarillado, teléfonos, energía eléctrica, comunicaciones y demás servicios que se prevean.

d) División del territorio para el desarrollo en etapas.

Estas determinaciones se complementarán para cada etapa con los correspondientes Planes Parciales y los Proyectos de Urbanización, En las promociones privadas se incluirán además los programas de edificación.

3. Los Programas de Actuación Urbanística constarán de los siguientes documentos:

a) Memoria que refleja la información urbanística utilizada.

b) Planos de información urbanística correspondientes a los terrenos objeto de actuación.

c) Planos de ordenación.

d) Normas urbanísticas para el desarrollo en Planes parciales.

e) Plan de Etapas.

f) Estudio económico-financiero.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-06-1992 en vigor desde 01-07-1992