Articulo 82 Reestructuración del sector público para agilizar la actividad administrativa
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»Artículo 82. Modificación del artículo 7 de la Ley 6/2007
Vigente
Se modifica el apartado 1 del artículo 7 de la Ley 6/2007, que queda redactado del siguiente modo:
"1. El Gobierno, a propuesta del consejero o consejera del departamento al que está adscrito el Centro de Estudios de Opinión, nombra y separa libremente, entre personas de prestigio reconocido, el director o directora del Centro."
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-12-2011 en vigor desde 31-12-2011