Articulo 82 Programas comunes de activación para el empleo
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Articulo 82 Programas comunes de activación para el empleo

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Artículo 82. Objeto.

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Serán objeto del programa de apoyo a la creación y al empleo en cooperativas y sociedades laborales las medidas destinadas a:

a) Fomentar la incorporación, con carácter indefinido, como personas socias trabajadoras o de trabajo en cooperativas y sociedades laborales a personas trabajadoras desempleadas y personas trabajadoras con contrato de trabajo de carácter temporal o de carácter indefinido que no tengan todavía la condición de persona socia trabajadora, así como personas vinculadas con contratos societarios de duración determinada en la misma cooperativa o sociedad laboral en la que se integran como socios o socias.

b) Apoyar el desarrollo de proyectos de creación y modernización de este tipo de empresas de la economía social mediante una mejora de su competitividad, facilitando así su consolidación, incluida la constitución y desarrollo de cooperativas y sociedades laborales que tengan su origen en un proyecto empresarial previo que sea objeto de transformación, relevo o sucesión por parte de las personas ocupadas o personas desempleadas, de forma asociada.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 29-09-2021 en vigor desde 30-09-2021