Articulo 82 Presupuestos 2020 Canarias

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Artículo 82.- Exoneración de garantías en abonos anticipados.

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Previa autorización de la consejería competente en materia de hacienda, las corporaciones locales que ejecuten acciones del Plan de Infraestructuras Turísticas mediante encomiendas de gestión podrán ser exoneradas de la prestación de garantías por los abonos anticipados.

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  • Texto Original. Publicado el 31-12-2019 en vigor desde 01-01-2020