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Articulo 82 Medidas ante el reto demográfico y territorial

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Artículo 82. Apoyo a las familias.

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1. Las Administraciones Públicas fomentarán políticas para las familias, en todas sus tipologías, posibilitando, a las personas que lo deseen, formar o tengan formada una familia en el medio rural, con la adopción de políticas transversales que faciliten la conciliación de la vida personal, familiar y laboral y la corresponsabilidad.

2. La Junta de Extremadura apoyará la renta de las familias en situación de especial vulnerabilidad económica, promoviendo el acceso a prestaciones económicas de inclusión social, con especial atención para fomentar prioritariamente la inserción laboral.

3. Del mismo modo, la Junta de Extremadura prestará apoyo a los distintos tipos de familias, en función de su situación socioeconómica con especial atención a las familias adoptantes o acogedoras.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 21-03-2022 en vigor desde 22-03-2022