Articulo 82 Medidas fiscales y administrativas 2014 de Galicia
Artículo 82. Formas de finalización de los procedimientos mineros
Se añade un nuevo artículo 25 bis a la Ley 3/2008, de 23 de mayo, de ordenación de la minería de Galicia, con el siguiente contenido.
Artículo 25 bis. Formas de finalización de los procedimientos de otorgamiento de autorizaciones, permisos o concesiones mineras
1. Los expedientes sobre los derechos mineros regulados en esta ley que se tramiten para el otorgamiento de autorizaciones, permisos o concesiones finalizarán por las causas previstas en este artículo y por las previstas en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
2. Pondrán fin al procedimiento la resolución, el desistimiento y la renuncia al derecho en que se fundamente la solicitud cuando tal renuncia no esté prohibida por el ordenamiento jurídico, y su caducidad.
3. Finalizado el expediente por cualquiera de las causas previstas en este artículo, así se hará constar de oficio por la consellería competente en materia de minas en el correspondiente Registro Minero de Galicia .
- Texto Original. Publicado el 30-12-2014 en vigor desde 01-01-2015