Articulo 81 Servicios sociales de I. Balears
Artículo 81 Procedimiento de presentación de la declaración responsable y de la con cesión de las autorizaciones
1. El procedimiento de presentación de la declaración responsable y de concesión de las autorizaciones administrativas que establece esta ley se inicia a instancia de parte y se tiene que establecer reglamentariamente.
2. El procedimiento de la concesión de las autorizaciones administrativas podrá incluir la realización de una visita del personal de la administración públi ca competente en materia de servicios sociales, a la que tiene que acudir una persona representante de la entidad solicitante y de la que tiene que levantarse acta. En este caso tiene que incluir el establecimiento de un periodo de alega ciones por si en el acta se detectan incumplimientos que impiden otorgar la auto rización solicitada.
3. Transcurrido el plazo establecido reglamentariamente para resolver y notificar sobre la solicitud presentada, las personas interesadas tienen que enten der estimadas por silencio administrativo sus solicitudes.
- Artículo modificado por Ley 12/2010, de 12 de noviembre, de modificación de diversas leyes para la transposición en las Illes Balears de la Directiva 2006/123/CE, de 12 de diciembre, del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a los servicios en el mercado interior
(BOIB de 25-11-2010) en vigor desde 26-11-2010