Articulo 81 Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid
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Artículo 81. Transparencia

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1. Las Administraciones públicas integradas en el Sistema Público de Servicios Sociales, así como las entidades privadas con o sin ánimo de lucro, vinculadas al mismo mediante los correspondientes instrumentos jurídicos, estarán sujetas a las obligaciones legales en materia de transparencia, así como a las relativas a la publicidad de la información en su doble vertiente de publicidad activa y de derecho de acceso a la información pública, conforme a lo establecido en la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y Participación de la Comunidad de Madrid.

2. La información se proporcionará en formatos abiertos y reutilizables, junto con sus metadatos, de acuerdo con las normas de estandarización vigentes en la normativa española y europea.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 22-12-2022 en vigor desde 11-01-2023