Articulo 81 Reglamento re... turístico

Articulo 81 Reglamento regulador del alojamiento turístico

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Artículo 81. Infracciones y sanciones

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Las infracciones que se cometan contra lo preceptuado en el presente decreto darán lugar a la correspondiente responsabilidad administrativa, que se hará efectiva conforme a lo dispuesto en la LTOH y en las disposiciones de desarrollo.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 08-02-2021 en vigor desde 08-05-2021