Articulo 81 Reglamento de festejos taurinos tradicionales -bous al carrer-
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»Artículo 81. Formación
Vigente
La Generalitat impartirá jornadas o cursos de formación dedicados, preferentemente, a alcaldes, concejales, policías locales y aficionados con el objeto de asegurar el conocimiento de la normativa en vigor, obligaciones y deberes del director del festejo y de los colaboradores voluntarios, así como el resto de aspectos vinculados con la dirección y actuación en estas celebraciones.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 10-03-2015 en vigor desde 11-03-2015