Articulo 81 Reestructuración del sector público para agilizar la actividad administrativa
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»Artículo 81. Modificación de la disposición transitoria quinta de la Ley 7/2011
Vigente
Se modifica el apartado 2 de la disposición transitoria quinta de la Ley 7/2011, que queda redactado del siguiente modo:
"2. Los procedimientos administrativos relativos a ayudas que el Departamento de Cultura o las entidades adscritas, salvo el Instituto Catalán de las Empresas Culturales, estén tramitando en el momento de la constitución de la Oficina de Apoyo a la Iniciativa Cultural pasan a ser tramitados por la Oficina."
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-12-2011 en vigor desde 31-12-2011