Articulo 81 Pesca de La Rioja

Articulo 81 Pesca de La Rioja

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 81. Clasificación.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Las infracciones administrativas en materia de pesca se clasifican en leves, graves y muy graves.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 09-03-2006 en vigor desde 09-06-2006