Articulo 81 Medidas Fisca...eneralitat

Articulo 81 Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización 2004 de la Generalitat

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Artículo 81.

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Se modifica el punto 5. del apartado Cinco del artículo 72 de la Ley 16/2003, de 17 de diciembre, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalitat Valenciana, que pasa a tener el siguiente tenor literal:

«5. Los proyectos de construcción de infraestructuras de transporte y de puertos que apruebe el Ente Gestor llevarán aparejados la declaración de utilidad pública o interés social, y la necesidad de ocupación a efectos de la expropiación forzosa de los terrenos afectados por la infraestructura, según lo previsto en la legislación expropiatoria y, en su caso, en la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos y de la Marina Mercante y Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas.

Asimismo, a efectos del rescate de concesiones, la Conselleria competente en materia de puertos podrá acordar la declaración de mayor utilidad pública de la atribución de su explotación o utilización al Ente Gestor de la Red de Transporte y Puertos de la Generalitat.»

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 29-12-2004 en vigor desde 01-01-2005