Articulo 81 Educación de La Mancha

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Artículo 81. Las enseñanzas elementales de música y danza.

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1. Las enseñanzas elementales de música y danza estarán dirigidas a los niños y niñas con edades comprendidas entre los 8 y los 12 años.

2. Se organizarán en dos ciclos de dos cursos cada uno. El primer ciclo se orientará al desarrollo de las destrezas y habilidades más generales en cada uno de los campos y al acercamiento al lenguaje musical; y el segundo ciclo a la técnica del instrumento y al conocimiento del código musical o corporal respectivamente.

3. Las especialidades se organizarán en campos que incluyan distintas materias, evitando una especialización precoz. La metodología será preferentemente grupal y facilitará el desarrollo equilibrado de las habilidades específicas y la práctica cooperativa.

4. El currículo se adaptará a las condiciones del alumnado, incorporando medidas de flexibilización para el de altas capacidades y para el alumnado con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad física. 5. Las enseñanzas elementales se impartirán en los conservatorios, y en las escuelas de música y danza de titularidad pública previa autorización de la Consejería competente en materia de educación.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 28-07-2010 en vigor desde 17-08-2010