Articulo 81 ciencia

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Artículo 81. Objetivo y desarrollo

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1. La Estrategia de innovación y transferencia del conocimiento de Cataluña tiene el objetivo de impulsar y fortalecer un ecosistema avanzado en innovación que afronte los retos territoriales, sociales y empresariales y que promueva una economía y una sociedad fundamentadas en el conocimiento, fuertemente innovadoras, orientadas a la aplicación de tecnología disruptiva y al emprendimiento de base tecnológica.

2. En el desarrollo de la Estrategia de innovación y transferencia del conocimiento de Cataluña deben identificarse los objetivos, las acciones concretas, los actores necesarios y los agentes que pueden participar en ella, el organismo independiente evaluador y la financiación adecuada.

3. La Estrategia de innovación y transferencia del conocimiento de Cataluña debe desarrollarse por cualquiera de los medios de que disponen la Administración de la Generalitat y los agentes del sistema de investigación, desarrollo e innovación, y, específicamente, por medio del Plan estratégico de innovación y transferencia del conocimiento, sin perjuicio de otros planes, programas o iniciativas que promuevan el sector público o privado para avanzar en el objetivo y las finalidades de la Estrategia.

4. Corresponde a la Comisión Interdepartamental de Investigación e Innovación emitir informes, a propuesta de los departamentos impulsores que deben garantizar su financiación, sobre los planes, programas e iniciativas que conformen la Estrategia de innovación y transferencia del conocimiento de Cataluña, de acuerdo con los retos y las necesidades cambiantes, con el objetivo de situar Cataluña al nivel de los países más avanzados en innovación, siguiendo los estándares internacionales.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 23-12-2022 en vigor desde 12-01-2023