Articulo 81 Carta Municipal de Barcelona

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Artículo 81.

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Para la ejecución forzosa de los actos administrativos en materia de intervención y uso del suelo se admite la imposición de multas coercitivas reiteradas por un importe máximo, cada una, de 100.000 pesetas.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 08-01-1999 en vigor desde 28-01-1999