Articulo 81 Actividad Fís... La Mancha

Articulo 81 Actividad Física y Deporte de La Mancha

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Artículo 81. Política de protección de la salud en la práctica de la actividad física y el deporte.

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La Consejería competente en materia de deportes implementará medidas de concienciación tendentes a prevenir el deterioro de la salud con ocasión de una práctica de la actividad física y el deporte realizada en condiciones no idóneas. Dichas medidas estarán destinadas a concienciar a quienes practican la actividad física y el deporte de los peligros para la salud de la utilización de sustancias y métodos prohibidos, de la necesidad de ajustar esta práctica a las propias capacidades y del compromiso ético en la misma.