Articulo 80 Vivienda de Canarias
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»Artículo 80. Del ejercicio efectivo del derecho a una vivienda.
Vigente
1. El ejercicio efectivo del derecho a una vivienda digna y adecuada, conforme a lo previsto en el artículo 47 de la Constitución, exige se destinen al uso habitacional para el que fueron construidas.
2. Las viviendas deshabitadas de las que sean titulares personas físicas se consideran destinadas al uso habitacional que, de acuerdo con la normativa estatal, serán la venta o arrendamiento para ese fin.
3. Las viviendas deshabitadas de las que sean titulares personas jurídicas no podrán ser objeto de especulación y habrán de destinarse al uso habitacional que les es propio. Con ese fin se atenderá a lo que prevé en los artículos siguientes.
Modificaciones
- Modificación realizada (80 (se anula la suspensión por desestimación del recurso de inconstitucionalidad 1824-2015)) por Pleno. Sentencia 43/2018, de 26 de abril de 2018. Recurso de inconstitucionalidad 1824-2015. Interpuesto por el Presidente del Gobierno respecto de diversos preceptos de la Ley 2/2014, de 20 de junio, de modificación de la Ley 2/2003, de 30 de enero, de vivienda de Canarias y de medidas para garantizar el derecho a la vivienda. Principios de igualdad y de culpabilidad en el ejercicio de la potestad sancionadora; competencias sobre condiciones básicas de igualdad, derecho civil, crédito y ordenación económica general: nulidad de los preceptos legales autonómicos relativos a las funciones del Instituto Canario de la Vivienda en los expedientes de expropiación del uso de las viviendas, medios patrimoniales con que sufragar las expropiaciones y a la declaración del interés social a efectos de expropiación forzosa de vivienda de personas en especiales circunstancias de emergencia social; interpretación conforme del precepto que establece el deber de destinar la vivienda de un modo efectivo a habitación (SSTC 16/2018 y 32/2018).
(BOE de 29-05-2018) en vigor desde 26-04-2018 - Modificación realizada (80, se suspende) por Recurso de inconstitucionalidad n.º 1824-2015, contra diversos apartados del artículo 1 y disposiciones adicionales segunda y cuarta de la Ley 2/2014, de 20 de junio, de modificación de la Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias y de medidas para garantizar el derecho a la vivienda.
(BOE de 17-04-2015) en vigor desde 27-03-2015 - Artículo modificado por LEY 2/2014, de 20 de junio, de modificación de la Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias y de medidas para garantizar el derecho a la vivienda.
(BOC de 27-06-2014) en vigor desde 28-06-2014