Articulo 80 TR. Ley reguladora de los residuos
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»Artículo 80. Grados de la multa
Vigente
La multa tiene tres grados, que se corresponden, respectivamente, con las infracciones leves, graves y muy graves, según los siguientes límites:
a) Infracciones leves, de 400 euros hasta 4.000 euros.
b) Infracciones graves, de 4.001 euros hasta 150.000 euros.
c) Infracciones muy graves, de 150.001 euros hasta 1.200.000 euros.
Modificaciones
- Artículo modificado por LEY 3/2015, de 11 de marzo, de medidas fiscales, financieras y administrativas.
(DOGC de 13-03-2015) en vigor desde 14-03-2015