Articulo 80 Tasas y Precios Públicos y otras medidas tributarias
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»Artículo 80. Sujetos pasivos.
Vigente
Son sujetos pasivos de la tasa las personas físicas que soliciten la participación en las convocatorias a realizar por la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha para la obtención de la habilitación como Guía de Turismo en dicha Comunidad Autónoma.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 01-12-2012 en vigor desde 02-12-2012