Articulo 80 Medidas fisca...or público

Articulo 80 Medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público

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Artículo 80. MODIFICACIÓN DEL CAPÍTULO I DEL TÍTULO XVIII DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS DE LA GENERALIDAD DE CATALUÑA

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1. Se modifica el artículo 18.1-5 del capítulo I del título XVIII del texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2008, que queda redactado del siguiente modo.

«Artículo 18.1-5. Cuota

El importe de la cuota es el siguiente:

a) Pruebas para la obtención de los certificados de nivel básico, elemental e intermedio de catalán: 21,00 euros.

b) Pruebas para la obtención de los certificados de nivel de suficiencia y superior de catalán: 50,49 euros.»

2. Se añade un artículo, el 18.1-6, al capítulo I del título XVIII del texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña, con el siguiente texto:

«Artículo 18.1-6. Afectación

La tasa tiene carácter finalista, por lo que los ingresos que se derivan de la misma quedan afectados a la financiación de las actuaciones del departamento competente en materia de promoción y fomento de la lengua catalana.»

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-01-2014 en vigor desde 31-01-2014