Articulo 8 Tratado del Atlántico Norte

Articulo 8 Tratado del Atlántico Norte

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 8.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Cada una de las Partes declara que ninguno de los compromisos internacionales actualmente en vigor entre ella y cualquiera otra Parte o cualquier tercer Estado está en contradicción con las disposiciones del presente Tratado y asume la obligación de no adquirir ningún compromiso internacional en contradicción con el Tratado.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-05-1982 en vigor desde 30-05-1982